Devolución del IVA fuera de la UE para empresas establecidas fuera de la UE.
Las empresas establecidas en un país que no es miembro de la Unión Europea pueden, en determinados casos, recuperar el IVA pagado por los gastos realizados dentro de la UE.
La posibilidad de recuperar la devolución del IVA fuera de la UE en estos casos está regulada por la Directiva 86/560/CEE, la llamada Decimotercera Directiva, que armoniza la forma en que los Estados miembros de la UE pueden devolver el IVA a las empresas de fuera de la UE.
Si usted es una empresa de transporte establecida en un tercer país, lo más probable es que pueda recuperar el IVA de sus gastos de gasóleo o peajes, entre otros. Esto depende principalmente de su país de establecimiento y de dónde haya soportado los gastos, ya que algunos de los países de la UE permiten la devolución del IVA a las empresas establecidas en cualquier país, mientras que otros exigen un acuerdo de reciprocidad con el país de establecimiento de la empresa para poder reclamar la devolución del IVA fuera de la UE.
País con IVA | Los países extracomunitarios pueden reclamar |
Austria | Todos los países no pertenecientes a la UE |
Bélgica | Todos los países no pertenecientes a la UE |
Bulgaria | Reciprocidad – Entre otros: Macedonia, Moldavia, Noruega, Serbia, Suiza y Ucrania |
Croacia | Reciprocidad – Entre otros: Serbia y Suiza |
República de Chipre | Reciprocidad – Entre otros: Israel y Suiza |
República Checa | Reciprocidad – Entre otros: Suiza, Macedonia y Noruega |
Dinamarca | Todos los países no pertenecientes a la UE |
Estonia | Reciprocidad – Entre otros: Israel, Noruega y Suiza |
Finlandia | Todos los países no pertenecientes a la UE |
Francia | Todos los países no pertenecientes a la UE |
Alemania | Reciprocidad – Entre otros: Suiza, Noruega, Andorra, Bosnia y Herzegovina, Liechtenstein y San Marino. |
Grecia | Reciprocidad – Entre otros: Suiza, Noruega |
Hungría | Reciprocidad – Liechtenstein, Noruega, Serbia y Suiza |
Irlanda | Todos los países no pertenecientes a la UE |
Italia | Reciprocidad – Entre otros: Israel, Suiza, Noruega |
Letonia | Reciprocidad – Islandia, Mónaco, Noruega y Suiza |
Lituania | Reciprocidad – Entre otros: Islandia, Noruega, Suiza y Turquía (con ciertas limitaciones) |
Luxemburgo | Todos los países no pertenecientes a la UE |
Malta | Reciprocidad – En la práctica, todos los países no pertenecientes a la UE |
Países Bajos | Todos los países no pertenecientes a la UE |
Polonia | Reciprocidad – Entre otros: Suiza, Noruega, Macedonia |
Portugal | Reciprocidad – En la práctica, caso por caso |
Rumanía | Reciprocidad – Suiza, Noruega, Turquía (reciprocidad parcial) y Serbia |
Eslovaquia | Reciprocidad – Suiza y, en la práctica, caso por caso |
Eslovenia | Reciprocidad – Entre otros: Suiza, Noruega, Liechtenstein, Israel, Macedonia, Turquía, Serbia, Montenegro, Reino Unido |
España | Reciprocidad – Entre otros: Noruega, Suiza, Reino Unido |
Suecia | Todos los países no pertenecientes a la UE |
En segundo lugar, el derecho a la devolución del IVA fuera de la UE depende del tipo de gastos. Principalmente, en el sector del transporte, se puede devolver el IVA de los gastos de combustible, peajes, mantenimiento y compra de piezas de recambio. Aunque las normas de elegibilidad son similares a las aplicables a los transportistas por carretera establecidos en la UE, algunos Estados de la UE pueden rechazar los importes relacionados con algunos de los gastos si el origen de la empresa está fuera de la Unión Europea. Además, el plazo y Los importes mínimos para recuperar el IVA en el caso de una empresa con sede fuera de la UE varían en función del país de devolución.
País con IVA | Fecha límite | Cantidad mínima |
Austria | 30 de junio del año siguiente | Si el periodo de referencia es inferior a 1 año 400 EUR; si es de 1 año: 50 EUR |
Bélgica | 30 de septiembre del año siguiente | If reference period is less than 1 year: 200 EUR; if 1 year: 25 EUR |
Bulgaria | 30 de junio del año siguiente | Si el periodo de referencia es inferior a 1 año: 400 BGN; si es de 1 año: 50 BGN |
Croacia | 30 de junio del año siguiente | Si el periodo de referencia es inferior a 1 año: 3.100 HRK; si es de 1 año: 400 HRK |
República de Chipre | 30 de septiembre del año siguiente | Si el periodo de referencia es inferior a 1 año 205 EUR; si es de 1 año: 25 EUR |
República Checa | 30 de junio del año siguiente | Si el periodo de referencia es inferior a 1 año: 7.000 CZK; si es de 1 año: 1.000 CZK |
Dinamarca | 30 de septiembre del año siguiente | Si el periodo de referencia es inferior a 1 año: 3.000 DKK; si es de 1 año: 400 DKK |
Estonia | 30 de septiembre del año siguiente | Periodo de referencia de 1 año: 320 EUROS |
Finlandia | 30 de septiembre del año siguiente | Si el periodo de referencia es inferior a 1 año 400 EUR; si es de 1 año: 50 EUR |
Francia | 30 de junio del año siguiente | Si el periodo de referencia es inferior a 1 año 400 EUR; si es de 1 año: 50 EUR |
Alemania | 30 de junio del año siguiente | Si el periodo de referencia es inferior a 1 año 1,00 EUR; si es de 1 año: 500 EUR |
Grecia | 30 de septiembre del año siguiente | Si el periodo de referencia es inferior a 1 año 400 EUR; si es de 1 año: 50 EUR |
Hungría | 30 de septiembre del año siguiente | Si el periodo de referencia es inferior a 1 año 400 EUR; si es de 1 año: 50 EUR |
Irlanda | 30 de junio del año siguiente | Si el periodo de referencia es inferior a 1 año 400 EUR; si es de 1 año: 50 EUR |
Italia | 30 de septiembre del año siguiente | Si el periodo de referencia es inferior a 1 año 400 EUR; si es de 1 año: 50 EUR |
Letonia | 30 de septiembre del año siguiente | Si el periodo de referencia es inferior a 1 año 400 EUR; si es de 1 año: 50 EUR |
Lituania | 30 de junio del año siguiente | Si el periodo de referencia es inferior a 1 año 400 EUR; si es de 1 año: 50 EUR |
Luxemburgo | 30 de junio del año siguiente | Periodo de referencia de 1 año: 250 EUR |
Malta | 30 de junio del año siguiente | If reference period is less than 1 year: 200 EUR; if 1 year: 25 EUR |
Países Bajos | 30 de junio del año siguiente | Si el periodo de referencia es inferior a 1 año 400 EUR; si es de 1 año: 50 EUR |
Polonia | 30 de junio del año siguiente | Si el periodo de referencia es inferior a 1 año 400 EUR; si es de 1 año: 50 EUR |
Portugal | 30 de septiembre del año siguiente | Si el periodo de referencia es inferior a 1 año 400 EUR; si es de 1 año: 50 EUR |
Rumanía | 30 de septiembre del año siguiente | Si el periodo de referencia es inferior a 1 año 400 EUR; si es de 1 año: 50 EUR |
Eslovaquia | 30 de junio del año siguiente | Si el periodo de referencia es inferior a 1 año 1.000 EUR; si es de 1 año: 50 EUR |
Eslovenia | 30 de junio del año siguiente | Si el periodo de referencia es inferior a 1 año 400 EUR; si es de 1 año: 50 EUR |
España | 30 de septiembre del año siguiente | Si el periodo de referencia es inferior a 1 año 400 EUR; si es de 1 año: 50 EUR |
Suecia | 30 de junio del año siguiente | Si el periodo de referencia es inferior a 1 año: 4.000 SEK; si es de 1 año: 400 SEK |
Por último, pero no menos importante, podría ser necesario, según el país de la UE en el que se solicite la devolución, para designar obligatoriamente a un apoderado local que trate con las autoridades fiscales locales
Aunque algunos países de la UE se han esforzado por simplificar las solicitudes de devolución del IVA fuera de la UE para las empresas extracomunitarias mediante la creación de formularios en línea en lugar de las habituales solicitudes en papel, la obtención de la devolución del IVA sigue siendo un procedimiento complejo que requiere un montón de documentos, normalmente legalizados, para poder obtener sin problemas la devolución del IVA en el plazo medio habitual de 6 meses desde la fecha de la solicitud.
Más en general, es muy recomendable contar con un tercero que presente su reclamación si las empresas están establecidas fuera de la UE, debido a las diferentes normas y prácticas de recuperación del IVA en virtud de la llamada 13ª Directiva.
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